Transferencias de inversiones inmobiliarias

Se modifica la NIC núm 40 y se aclara que el cambio de uso necesario para que la entidad deba realizar la transferencia de un inmueble a, o de, inversiones inmobiliarias se da cuando el inmueble corresponde, o deja de corresponder, a la definición de inversión inmobiliaria y se ha evidenciado ese cambio de uso. Un cambio de intenciones de la dirección en cuanto al uso de un inmueble no evidencia en sí un cambio de uso.