Impuesto sobre las Labores del Tabaco. Ultimación del régimen suspensivo

Las labores de tabaco salidas de fábrica o depósito, en régimen suspensivo, con destino a la exportación podrán almacenarse durante seis meses, sin vinculación al régimen, en un depósito aduanero o en una zona o depósito francos, sin perder la condición de labores del tabaco en régimen suspensivo.

Plazo de presentación del modelo 460 de autoliquidación del Impuesto sobre las Labores del Tabaco

Las declaraciones del Impuesto sobre las Labores del Tabaco relativas al mes de julio se han de presentar dentro de los veinte primeros días del mes de agosto siguiente.

Impuesto sobre las Labores del Tabaco. Modificaciones introducidas por la Ley de medidas administrativas y tributarias

La L Canarias 4/2012 modifica la Ley Impuesto sobre las Labores del Tabaco en los mismos términos que recogía el Anteproyecto de la misma.

Impuesto sobre las Labores del Tabaco. Presentación e ingreso del modelo 464

La presentación e ingreso resultante de la autoliquidación practicada en el modelo 464 ha de realizarse en lo sucesivo, exclusivamente, a través de entidades colaboradoras autorizadas.