Se introducen modificaciones en el Reglamento del impuesto que afectan a la deducibilidad de los gastos financieros netos, la reducción por explotación de propiedad intelectual o industrial, el acuerdo de valoración previa de operaciones vinculadas, la deducción por creación de empleo, las obligaciones de información de las AIE, las AEIE y las UTE, las excepciones a la obligación de retener y los pagos fraccionados.
Si corresponde a otra Administración tributaria la competencia para practicar la valoración por el valor normal de mercado de las operaciones realizadas por la otra parte vinculada y resulta aplicable la coordinación de competencias exaccionadoras e inspectoras prevista en la NFGT, debe seguirse el procedimiento previsto al efecto en esta norma.
Se han aprobado los coeficientes de corrección monetaria aplicables en el IS en Gipuzkoa para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2019.
Se exige exclusividad en la utilización de los vehículos en las actividades señaladas al efecto, para la deducibilidad de los gastos que estén relacionados con la adquisición, arrendamiento, reparación, mantenimiento, amortización y cualquier otro vinculado a esos vehículos.
La DGT se alinea con el TEAC respecto a la naturaleza de la compensación de bases imponibles negativas, y establece que es una opción.
Cuando ha transcurrido el plazo desde el vencimiento previsto en la normativa, no acreditar la insolvencia no puede considerarse motivo para denegar la deducibilidad de la pérdida.
Se han aprobado los coeficientes de corrección monetaria aplicables en el IS en Bizkaia para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2019.
La Comisión Europea considera que la regulación de la normativa del IS del territorio común y Navarra sobre limitación de gastos financieros es una medida igualmente eficaz respecto a la regulación comunitaria, por lo que puede seguir aplicándose hasta el 31-12-2023.
No deducibilidad de la deuda tributaria del ITP y AJD, modalidad AJD, documentos notariales, derivada de las escrituras de constitución de préstamo con garantía.
Cuando no resulta aplicable el régimen sancionador específico previsto para las operaciones vinculadas en la normativa del IS, resulta de aplicación el régimen sancionador previsto con carácter general en la normativa procedimental tributaria.