Modificación de la Directiva IVA

Se modifica la directiva del impuesto para adaptarla a las modificaciones que entraran en vigor en las operaciones realizadas por determinados operadores que operan bajo una interfaz digital.

Exenciones relativas a las exportaciones

En una exportación, aunque la persona que adquiere los bienes no coincida con la que consignada en la factura emitida por el sujeto pasivo, se debe permitir aplicar la exención prevista para la exportaciones. Solo se puede denegar su aplicación en caso de que esa falta de identificación impida calificar la operación como una entrega de bienes, o se demuestre que el sujeto pasivo conocía o debía conocer que estaba participando en un fraude fiscal.

Exenciones en las exportaciones

Están exentas del impuesto las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el transmitente o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de éste, así como las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el adquirente no establecido en el territorio de aplicación del impuesto o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de él.

Exenciones en las exportaciones

Están exentas del impuesto las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el transmitente o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de éste, así como las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el adquirente no establecido en el territorio de aplicación del impuesto o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de él.