Auditoría de cuentas anuales de entidad de interés público

Una sociedad mercantil que traslada su domicilio social a España y que cotiza en un mercado regulado de un Estado miembro de la UE, a partir de establecer su domicilio en España tiene la consideración de entidad de interés público. La obligación de no realizar la auditoría una vez producida la rotación del auditor de cuentas tras haber transcurrido el período máximo de duración de los encargos de auditoría con una entidad se extiende a todos los miembros de la red del auditor.