Cálculo de la plantilla media a efectos de la aplicación del tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo

El Estatuto de los Trabajadores regula la duración máxima de la jornada ordinaria semanal, pero no establece un mínimo, por lo que si una empresa tiene establecida una jornada semanal de duración inferior a la fijada como máxima, y contrata a un empleado que trabaja esas horas, a efectos del cálculo de la plantilla media de la entidad, ese empleado se computa al 100%.

Cálculo de la plantilla media a efectos de la aplicación del tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo

El Estatuto de los Trabajadores regula la duración máxima de la jornada ordinaria semanal, pero no establece un mínimo, por lo que si una empresa tiene establecida una jornada semanal de duración inferior a la fijada como máxima, y contrata a un empleado que trabaja esas horas, a efectos del cálculo de la plantilla media de la entidad, ese empleado se computa al 100%.

Pretación de servicios profesionales

La prestación de servicios profesionales se debe instrumentar a través de un contrato de trabajo cuando concurran las notas configuradoras del mismo a que se refiere el Estatuto de los Trabajadores art.1.1, esto es, cuando el profesional se compromete voluntariamente a prestar sus servicios por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección del empresario a cambio de una retribución. A sensu contrario, dicha prestación podrá instrumentarse a través de un contrato de arrendamiento de servicios cuando no concurran en ella los caracteres propios de la relación laboral, esto es, cuando el profesional no preste un servicio dependiente, remunerado y por cuenta ajena.

Modificación sustancial de la distribución del tiempo de trabajo amparada por las previsiones formales del CCol

No puede estimarse protegido por las previsiones formales del CCol una distribución anual de los domingos sobre una modificación tan sustancial, no del calendario laboral ni de la jornada pactada, sino de las posibilidades de apertura comercial en domingos y festivos, como la que se lleva al ampliar de 22 a 63 los domingos y festivos de apertura.

Indemnización por finalización de contratos de duración determinada

Las sumas recibidas por el trabajador en caso de finalización de los contratos de duración determinada vienen a constituir una reparación por la pérdida del empleo y, por tanto, tienen carácter indemnizatorio. En consecuencia, están exentas en el IRPF.

Cotización de los trabajadores a tiempo parcial durante 2014

Se mantienen en los mismos términos hasta ahora existentes la regulación de la cotización en los contratos a tiempo parcial, sin perjuicio de actualizar las cuantías de las bases de cotización.

Exención de los bienes y derechos necesarios para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional

A efectos de determinar cuando existe una actividad económica, el requisito de la existencia de empleado con contrato laboral y a jornada completa exigido en la LIRPF art.27.2 a la que se remite la normativa del IP, debe entenderse cumplido cuando el empleado haya sido contratado a jornada completa, con independencia de que de forma temporal pueda gozar del derecho a la reducción de jornada por cuidado de hijo.

Exención de los bienes y derechos necesarios para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional

A efectos de determinar cuando existe una actividad económica, el requisito de la existencia de empleado con contrato laboral y a jornada completa exigido en la LIRPF art.27.2 a la que se remite la normativa del IP, debe entenderse cumplido cuando el empleado haya sido contratado a jornada completa, con independencia de que de forma temporal pueda gozar del derecho a la reducción de jornada por cuidado de hijo.