Pasivo, pasivo financiero y grupo en el contexto de la Ley Concursal

El ICAC se ha pronunciados sobre la interpretación que debe darse a los conceptos de pasivo, pasivo financiero y grupo dentro del contexto de la Ley Concursal, en concreto en relación a la regulación de los acuerdos de refinanciación.

Nueva doctrina constitucional sobre el uso de cámaras de videovigilancia

La colocación de un distintivo en el escaparate advirtiendo del uso de cámaras de seguridad da cumplimiento a la obligación de información previa al trabajador, sin que haya que especificar la finalidad exacta que se le ha asignado a ese control, aunque sea el control de la actividad laboral.

Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad

En los supuestos de subrogaciones empresariales, los trabajadores discapacitados computan para el cálculo del incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad.

Nueva doctrina constitucional sobre el uso de cámaras de videovigilancia

La colocación de un distintivo en el escaparate advirtiendo del uso de cámaras de seguridad da cumplimiento a la obligación de información previa al trabajador, sin que haya que especificar la finalidad exacta que se le ha asignado a ese control, aunque sea el control de la actividad laboral.

Derecho a la incapacidad permanente de un conductor autónomo al que no le renuevan algunos permisos de conducción

El TS no aprecia la existencia de contradicción entre las sentencias constrastadas, en las que se aborda el reconocimiento de la incapacidad permanente total de un conductor, teniendo en cuenta que la Administración considera que con las limitaciones funcionales no pueden serle renovadas las licencias que le permitirían el ejercicio de la profesión.

Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad

En los supuestos de subrogaciones empresariales, los trabajadores discapacitados computan para el cálculo del incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad.

La mera imputación penal del trabajador no es causa de despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual

La imputación del trabajador en un proceso penal no es causa de despido disciplinario. Si la empresa no acredita la transgresión de la buena fe que imputa en su carta de despido, éste ha de calificarse de improcedente. No hay en este supuesto despido nulo por vulneración automática del derecho al honor del trabajador que debió acreditar la intención empresarial de atentar contra su buena reputación y lograr su descrédito, así como la difusión pública empresarial del caso. Por otro lado, es doctrina consolidada la imposibilidad de alegar la vulneración del derecho a la presunción de inocencia en el ámbito de las relaciones laborales en cuanto a la valoración de conductas constitutivas de despido disciplinario.

Facultades de los delegados de prevención

Los delegados de prevención tienen derecho a acceder, al igual que las Autoridades laborales, a los informes y documentos resultantes de la investigación por la empresa de los daños para la salud de los trabajadores. Dichos informes forman parte del proceso global de evaluación de los riesgos laborales.

Despido nulo e imposibilidad de readmisión por cese de actividad en la empresa

Calificado un despido como nulo no hay ninguna norma laboral que avale la exclusión del abono de salarios de tramitación -hasta la fecha en que se declara extinguida la relación laboral- y la condena empresarial exclusiva al pago de la indemnización. La anticipación de extinción de la relación laboral por imposibilidad de readmisión, fundada en la economía procesal y prevista respecto del despido improcedente, no puede dar lugar a una perdida de los derechos que le hubieran correspondido al trabajador en ejecución de sentencia como consecuencia de un despido nulo.

Incumplimiento de medidas incluidas en el acuerdo de un despido colectivo

El incumplimiento de la empresa de la promesa pactada en un despido colectivo de ofertar al personal incluido en la bolsa de empleo cualquier vacante que se produzca en la misma, antes de ofrecerla al mercado laboral, y adjudicarla conforme a los principios de mérito y concurrencia, da lugar al ejercicio de acciones encaminadas a pedir su cumplimiento y junto a ellas, como complementarias o subsidiarias, el de otras dirigidas a obtener las correspondientes indemnizaciones de daños y perjuicios.