Criterio fiscal de imputación en el IS de la recuperación de valor (RC 03/20 Marzo 2020)

La AN confirma el criterio del TEAC sobre la imputación de la recuperación de valor y establece que la misma debe integrarse en la entidad que practicó la corrección y sufrió la pérdida, con independencia de la residencia de la entidad adquirente.

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