Depósito de cuentas anuales: resultado del ejercicio

Cuando el resultado del ejercicio es negativo y, por tanto, no hay base para la aplicación del resultado, las casillas relativas a «saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias» (91000), «total base de reparto = total aplicación» (91004) y «aplicación = total base de reparto» (91012), se deben consignar con la cantidad de «0» euros. Las casillas 91000 («saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias» ) y 49500 (resultados del ejercicio de la cuenta de pérdidas y ganancias) únicamente coinciden cuando el resultado del ejercicio es positivo.

Cuentas depositadas «fuera de plazo» según la nota de despacho

En la inscripción del depósito de las cuentas anuales no hay que especificar si éste se ha realizado o no dentro de plazo legalmente establecido; esta es una cuestión que consta, en su caso, en la nota de despacho y que no está amparada por la presunción de legitimación.

Depósito de cuentas en caso de auditor designado por el registrador mercantil

Habiendo sido designado auditor a instancia de la minoría, constando dicha circunstancia por inscripción en el folio de la sociedad y no acompañándose el correspondiente informe de verificación para su oportuno depósito, no procede que el registrador mercantil lleve a cabo el depósito de cuentas.

Presentación telemática de cuentas anuales

No pueden quedar depositadas la cuentas anuales presentadas por medios telemáticos, cuando los modelos oficiales que se presentan no constan debidamente cumplimentados, por dejar en blanco las casillas correspondientes a la cuenta de pérdidas y ganancias y aplicación de resultado.