Extinción de sociedad promotora inmobiliaria: previa acreditación de garantías

La inscripción de la liquidación de una sociedad promotora inmobiliaria, cuando no hayan transcurrido los plazos de prescripción de las acciones para reclamar por daños materiales, requiere la previa acreditación de la constitución de las garantías (seguro de daños) legalmente previstas para cubrir los eventuales defectos o vicios de la construcción.

Baleares. Consejo insular de Mallorca

Atribución de competencias a los órganos administrativos.

Extinción de la sociedad: subsistencia de la personalidad jurídica

La extinción de la sociedad, tras su disolución y liquidación, y la consiguiente cancelación de asientos registrales, no determina la pérdida total de la personalidad jurídica de la sociedad extinguida, la cual puede ser demandada, a través de su liquidador, para responder de deudas pendientes; y ello sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de los socios ante pasivos sobrevenidos.

Medio ambiente. La Rioja

Normativa aplicable a la regulación del medio ambiente en La Rioja en relación con los fines, instrumentos de intervención y planificación.

País Vasco. Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda

Organización administrativa: estructura y competencias.

Fractura hidráulica o fracking. Castilla-La Mancha

Régimen jurídico del fracking en Castilla-La Mancha.

Acción de repetición contra promotor no interviniente en proceso constructivo

El promotor que no ha intervenido directamente en el proceso constructivo puede excepcionar la acción de regreso que ejercita en su contra la entidad constructora.

Responsabilidad del arquitecto por las deficiencias constructivas en un bloque de viviendas

Aunque realice sus funciones siguiendo las órdenes de otro aquitecto, ello no exime al aparejador de sus propias responsabilidades en el proceso constructivo.