Se especifica que, a efectos de cumplir los requisitos para que la pareja de hecho pueda acceder a la pensión de viudedad, la sentencia de separación no disuelve el vínculo matrimonial, sólo suspende la vida en común de los casados. Este mismo efecto produce el otorgamiento de la escritura pública del convenio regulador que la determine.
Cuando la separación hubiere tenido lugar sin intervención judicial, la reconciliación debe formalizase en escritura pública o acta de manifestaciones. Asimismo, la reconciliación debe inscribirse, para su eficacia frente a terceros, en el Registro Civil correspondiente.
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