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Se publican las cuantías de las indemnizaciones por daños personales

Están exentas del IRPF las siguientes indemnizaciones percibidas por daños personales:
– En el caso de indemnizaciones consecuencia de la responsabilidad civil de tercero, la exención alcanza hasta la cuantía legal o judicialmente reconocida.
– En el caso de contratos de seguros de accidentes, salvo que la prima hubiera podido reducir la base imponible del IRPF o ser considerada gasto deducible, la exención alcanza hasta la cuantía que resulte de aplicar, para el daño sufrido, el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
La Resol 24-1-12 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que son el resultado de aplicar durante 2012 el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Tales cuantías se actualizan en un 2,4% debido al incremento del IPC en este mismo porcentaje durante 2011.

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