Con efectos a partir del 1-1-2018, la declaración e ingreso de los retenedores y obligados a ingresar a cuenta cuyo periodo de liquidación en el IVA coincida con el mes natural, se presenta durante los 30 primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente período de liquidación mensual, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la declaración-liquidación correspondiente al mes de enero.
La declaracion-liquidacion correspondiente al mes de junio puede presentarse hasta el 5 de agosto, la de julio hasta el 20 de septiembre, y la de diciembre hasta el 31 de enero.
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