Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Responsabilidad patrimonial del deudor persona física

En los concursos que se declaren a partir del 18-10-2013, la resolución judicial que declare la conclusión del concurso del deudor persona física por liquidación de la masa activa declarará la remisión de las deudas insatisfechas, siempre que se den los siguientes requisitos:
1. Que el concursado no haya sido declarado culpable de la insolvencia ni condenado por el delito previsto en el CP art.260 o cualquier otro delito singularmente relacionado con el concurso.
2. Que hayan sido satisfechos en su integridad los créditos contra la masa y los créditos concursales privilegiados.
3. Que hayan sido satisfechos, al menos, el 25% del importe de los créditos concursales ordinarios, salvo que el deudor haya intentado sin éxito el acuerdo extrajudicial de pagos, en cuyo caso sólo será necesario haber satisfecho los créditos contra la masa y los créditos concursales privilegiados.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).