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Rendimientos del trabajo excluidos de retención

Desde el 1-1-2015 el límite del importe de los rendimientos del trabajo hasta el que no existe obligación de retener se fija en las siguientes cuantías:

Situación del contribuyente
Número de hijos y otros descendientes
0/
Euros
1/
Euros
2 o más/
Euros
1.ª Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente

14.266
15.803
2.ª Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas
13.696
14.985
17.138
3.ª Otras situaciones
12.000
12.607
13.275

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