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Regímenes de rehabilitación. Cantabria

Con efectos desde 1-1-2017 el abono de las subvenciones que tengan por objeto el fomento de la rehabilitación edificatoria puede anticiparse hasta en un 100% de su cuantía, en atención a lo que establezca en las correspondientes bases reguladoras, sin necesidad de previa constitución de garantías, no siendo de aplicación lo previsto en L Cantabria 10/2006 art.16.3.k) reguladora de las subvenciones de Cantabria.

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