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Procedimiento de constitución telemática

Al objeto de que solo exista una única red de oficinas de atención a los emprendedores, bajo una sola denominación y marca, se lleva a cabo la integración en la red de Puntos de Atención al Emprendedor (PAE):
– los centros de Ventanilla Única Empresarial (VUE); y
– la ventanilla única de la Directiva de Servicios 123/2006, relativa a los servicios en el mercado interior (en adelante, VUDS) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Los objetivos que se persiguen con dicha integración son los siguientes:
– evitar costes por duplicidades a las Administraciones públicas;
– mejorar la información al ciudadano y a las empresas; y
– ofrecer una tramitación electrónica completa en todos los estados por los que transita una empresa.
La integración se hace tanto a nivel de oficinas físicas como virtuales, respetando en todo momento lo que se ha desarrollado hasta ahora, sobre todo en lo que respecta a la VUDS que, debido a su propia normativa, seguirá ofreciendo sus servicios sin perjuicio de su integración en el PAE.
Los PAE utilizarán el sistema de tramitación telemática del Centro de Información y Red de Creación de Empresa (CIRCE) y deberán iniciar la tramitación a través del Documento Único Electrónico (DUE).
El Punto de Atención al Emprendedor electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (PAE electrónico) residirá en la subsede electrónica de la Subdirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
La titularidad, administración y gestión del PAE electrónico corresponde a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6.2 en relación con la VUDS.
El PAE electrónico forma parte de la red PAE y la cumplimentación por vía electrónica del DUE estará disponible para los ciudadanos a través de dicha red.
Los PAE prestarán los siguientes servicios:
• Facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial.
• Suministrar toda la información y formularios necesarios para el acceso a la actividad y su ejercicio.
• Ofrecer la posibilidad de presentar toda la documentación y solicitudes necesarias.
• Ofrecer la posibilidad de conocer el estado de tramitación de los procedimientos en que tengan la condición de interesado y, en su caso, recibir la correspondiente notificación de los actos de trámite preceptivos y la resolución de los mismos por el órgano administrativo competente.
• Suministrar toda la información sobre las ayudas, subvenciones y otros tipos de apoyo financiero disponibles para la actividad económica de que se trate en la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
• Facilitar los trámites necesarios para la constitución de sociedades, el inicio efectivo de una actividad económica y su ejercicio por emprendedores.
• Facilitar la tramitación del cese de la actividad.
Los servicios anteriores se podrán prestar mediante contraprestación económica, excepto lo referente a la tramitación del DUE.
Cada punto de atención al emprendedor mantendrá una lista de los servicios gratuitos y de los que se prestan mediante contraprestación económica de acuerdo con los convenios que, en su caso, se celebren con el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

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