Desde el 1-1-2013, a efectos del reconocimiento de las pensiones en favor de padres (tanto ordinarias como extraordinarias) se presume que concurre el requisito de dependencia económica cuando la suma en cómputo anual de todas las rentas e ingresos de cualquier naturaleza que perciba la unidad familiar sea inferior al doble del SMI vigente. En el caso de familias monoparentales tal presunción cuando la suma mencionada es inferior al SMI vigente.
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