La regulación de la actividad de la caza tiene por objeto conservar, fomentar, aprovechar y proteger ordenadamente los recursos cinegéticos de manera sostenible y compatible con el equilibrio natural de acuerdo, asimismo, con las normas reguladoras del medio ambiente.
Su regulación, en cuanto afecta al urbanismo y a la ordenación del territorio, se lleva a cabo mediante instrumentos de planificación cinegética y, en concreto, por el plan andaluz de caza configurado como un instrumento de diagnóstico y planificación regional de esta actividad; su objeto consiste en establecer las bases para la ordenación y fomento de los recursos cinegéticos, partiendo de la información completa y actualizada de las poblaciones, capturas y control genético de las especies cinegéticas, incluyendo su incidencia en la actividad económica de la zona y su repercusión en la conservación de la naturaleza.
Junto a él se han de aprobar los planes de caza por áreas, los cuales han de adaptarse, obligatoriamente, a aquel y los planes técnicos de caza como instrumentos de gestión que aseguran el aprovechamiento sostenible de las especies cinegéticas compatibles con la conservación de la diversidad biológica y que, en todo caso, han de incluir información cartográfica territorial actualizada y la ubicación y límites de las zonas de seguridad; deben establecer zonas de reserva en las que se prohibe la caza y cualquier otra actividad que afecte negativamente a las especies, si bien cuando en ellas los usos del suelo revelen una buena potencialidad para albergar poblaciones de especies de caza menor, en este caso pueden establecerse limitaciones particulares.
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