Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Operaciones intracomunitarias, exención en los embalajes utilizados

Una entidad residente en TIVA entrega a un residente en un país miembro de la UE, en condiciones “Ex Work” o “Free Carrier”, material de embalaje para los bienes que adquiere en dicho territorio. Los bienes y el material de embalaje son entregado a un tercero que los procesa y remite al país de residencia de la entidad.
Ante la duda de si la entrega de bienes que realiza a la entidad no residente se encuentra exenta eleva consulta ante la Administración quien recuerda que:
1. Se encuentran exentas del impuesto las entregas de bienes expedidos o transportados por el vendedor, por el adquirente o por un tercero en nombre y por cuenta de cualquiera de los anteriores, al territorio de otro Estado miembro cuando el adquirente es un empresario o profesional identificado a efectos del IVA en un Estado miembro distinto del Reino de España (LIVA art.25). La salida de TIVA debe ser justificada por cualquier medio de prueba admitida en derecho (RIVA art.13).
2. Los medios de prueba admitidos en derecho vienen determinados, y salvo que la Ley establezca otra cosa, por lo dispuesto en el CC y en la LEC (LGT art.106).
En la valoración de estas pruebas rige el principio general de valoración libre y conjunta de todas la pruebas aportadas, sin que a los efectos de su aplicación se considere suficiente la presentación de uno o varios medios de prueba que a modo de ejemplo se enumeran en LIVA art.13.
La aplicación de lo anteriormente expuesto a este caso permite concluir que, el material de embalaje entregado es objeto de transporte fuera de TIVA, por lo que la operación se encuentra sujeta pero exenta del IVA.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).