Las entidades comercializadoras de participaciones en fondos de inversión, las entidades y establecimientos financieros de crédito están obligados, con efectos desde 1-1-2014, a suministrar información a la Administración tributaria mediante la presentación de una declaración anual sobre determinadas operaciones con activos financieros.
En cuanto a las obligación de información en relación con determinadas rentas obtenidas por personas físicas residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea, se añaden como obligados tributarios:
– en la distribución de resultados de IIC, la entidad comercializadora de participaciones en fondos de inversión; y
– en la transmisión o reembolso de acciones o participaciones de IIC, la sociedad gestora y la entidad comercializadora de participaciones en fondos de inversión.
Actualidad jurídica
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