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Nuevo texto refundido del Estatuto de los Trabajadores

Al tratarse de un texto refundido no incorpora modificaciones sino, en todo caso adaptaciones a las normas publicadas con posterioridad al texto original.
Por otro lado, los artículos del nuevo texto refundido, en general, coinciden en su numeración con los del RDLeg 1/1995.
Destacamos a continuación aquellos artículos citados en el Memento que han sufrido algún tipo de modificación:

RDLeg 1/1995RDLeg 2/2015Comentario
Art.8. Forma del contratoArt.8. Forma del contratoIncluye el sometimiento a la normativa aplicable en materia de protección de datos del tratamiento de la información facilitada para la realización del contrato de trabajo
Art.15. Duración del contratoArt.15. Duración del contratoEl contenido del RDLeg 1/1995 art.15.8, regulación del contrato fijo discontinuo, se corresponde con el RDLeg 2/2015 art.16
Art.15.8Art.16. Contrato fijo-discontinuo.el contenido del RDLeg 1/1995 art.15.8, regulación del contrato fijo discontinuo, se corresponde con el RDLeg 2/2015 art.16
Art.37. Descanso semanal, fiestas y permisosArt.37. Descanso semanal, fiestas y permisosEl contenido del RDLeg 1/1995 art.37.4.bis, 5, 6 y 7 se corresponde con el RDLeg 2/2015 art.37.5, 6, 7 y 8.
Art.45. Causas y efectos de la suspensiónArt.45. Causas y efectos de la suspensiónLa referencia a la suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural recogida en el RDLeg 1/1995 art.45.d, se corresponde con el RDLeg 2/2015 art.45.e, habiendo desaparecido la antigua referencia recogida en este apartado a la suspensión por servicio militar o prestación social sustitutoria
Art.48. Suspensión con reserva de puesto de trabajoArt.48. Suspensión con reserva de puesto de trabajoLa referencia al inicio del período de suspensión en caso de adopción internacional del RDLeg 1/1995 art.48.4, se corresponde con el RDLeg 2/2015 art.48.5; consecuentemente, el último párrafo del RDLeg 1/1995 art.48.4, se corresponde con el RDLeg 2/2015 art.48.9, y el RDLeg 1/1995 art.48.5 pasa al RDLeg 2/2015 art.48.10.
Art.48 bis. Suspensión del contrato de trabajo por paternidad La regulación de la suspensión por paternidad que se recogía en el RDLeg 1/1995 art.48 bis, se corresponde con el RDLeg 2/2015 art.48.7
Art.56. Despido improcedenteArt.56. Despido improcedenteEl contenido del RDLeg 1/1995 art.57 se corresponde con el RDLeg 2/2015 art.56.5.

El resto de preceptos citados no ha sufrido ninguna variación.

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