Con efectos a partir de 1-1-2014, se ha aprobado la Ley de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha. Esta Ley mantiene sin cambios las reducciones en adquisiciones mortis causa e inter vivos de una empresa individual, un negocio profesional o participaciones en entidades, así como las bonificaciones en la cuota y las normas para la aplicación de la bonificación en donaciones, con la única particularidad de que, respecto de estas últimas, desaparece la mención expresa de que el sujeto pasivo debe tener su residencia habitual en Castilla-La Mancha.
La Ley aprueba además una nueva reducción por discapacidad, en los siguientes términos:
– En las adquisiciones mortis causa por personas con un grado de discapacidad acreditado igual o superior al 33% e inferior al 65%, se aplica una reducción de 125.000 euros.
– Para las personas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, la reducción es de 225.000 euros.
Las anteriores reducciones se aplican además de las que puedan corresponder en función del grado de parentesco con el causante, y constituyen mejoras de las reducciones estatales.
En materia de gestión, la Ley tampoco ha introducido cambios en relación al plazo de presentación de autoliquidaciones y documentos en adquisiciones por título de donación, ni en los aspectos referidos a la colaboración social de los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles y de los notarios en la aplicación de este impuesto.
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