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Navarra: cuota íntegra en el IRPF

Con efectos desde el 1-1-2015, para la aplicación de la escala de forma separada, el importe total de la anualidad por alimentos tiene un límite anual de 6.000 euros por hijo y de 8.000 euros en caso de hijos con discapacidad ≥ 33%.
Con efectos a partir del 1-1-2016, el gravamen de la base liquidable general se efectúa aplicando la siguiente escala:

BASE LIQUIDABLE HASTA (euros)CUOTA ÍNTEGRA (euros)RESTO BASE HASTA (euros)TIPO APLICABLE (porcentaje)
  4.00013
4.000,005205.00022
9.000,001.62010.00025
19.000,004.12013.00028
32.000,007.76014.00036,5
46.000,0012.87014.00041,5
60.000,0018.68020.00044
80.000,0027.48045.00047
125.000,0048.63050.00049
175.000,0073.130125.00050,50
300.000,00136.255Resto de base52

La base liquidable especial del ahorro se grava a los tipos de la siguiente escala:
BASE LIQUIDABLE HASTA (euros)CUOTA ÍNTEGRA (euros)RESTO BASE HASTA (euros)TIPO APLICABLE (porcentaje)
  6.00019
6.0001.1404.00021
10.0001.9805.00023
15.0003.130Resto25

NOTA
Con efectos a partir del 1-1-2016, se equiparan las personas que tienen reconocida una situación de dependencia a las personas que tienen reconocida una discapacidad superior al 65%.

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