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Modificación de ciertas obligaciones formales en Gipuzkoa

Los cambios introducidos en las obligaciones formales se han llevado a cabo con el fin de adecuar su contenido a la reforma aprobada en el IRPF, surtiendo efectos desde el 1-1-2014.
Se regula asimismo la obligación de las instituciones financieras de suministrar información sobre cuentas financieras y de identificar la residencia o, en su caso, nacionalidad de las personas que ostenten la titularidad o el control de las mismas, conforme a las normas de diligencia debida que resulten de aplicación, al objeto de adaptar la normativa sobre asistencia mutua al intercambio automático de información basado en un sistema global y estandarizado que se prevé implantar para prevenir y luchar contra el fraude fiscal.
Esta nueva obligación posibilita implementar lo dispuesto en el Acuerdo formalizado entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la puesta en marcha de la Foreign Account Tax Compliance Act, FATCA, y los acuerdos que se puedan formalizar en un futuro. Es exigible por vez primera desde el momento en que así lo establezca la norma de asistencia mutua que resulte de aplicación.

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