Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Mínimo exento y tarifas del impuesto en Cantabria

Se ha aprobado la Ley de medidas fiscales de la Comunidad Autónoma de Cantabria que, con efectos desde el 31-12-2011, introduce las siguientes novedades:
a) Mínimo exento: se fija con carácter general en 700.000 euros.
b) Cuota íntegra: se modifica la tarifa aplicable sobre la base liquidable que pasa a ser la siguiente:

Base liquidable

Hasta euros
Cuota íntegra

Euros
Resto base liquidable

Hasta euros
Tipo aplicable

Porcentaje
0,00
0,00
167.129,45
0,2
167.129,45
334,26
167.123,43
0,3
334.252,88
835,63
334.246,87
0,5
668.499,75
2.506,86
668.499,76
0,9
1.336.999,51
8.523,36
1.336.999,50
1,3
2.673.999,01
25.904,35
2.673.999,02
1,7
5.347.998,03
71.362,33
5.347.998,03
2,1
10.695.996,06
183.670,29
en adelante
2,5

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).