Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Medidas urgentes en el IBI e IAE para paliar los daños por inundaciones en Bizkaia desde el 30-1-2015

1) Se concede la exención de las siguientes cuotas del IBI correspondientes al ejercicio 2015 (DFN Bizkaia 3/2015 art.1, 2 y 5):
– las de naturaleza rústica, que afecten a explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales situadas en los municipios que se determinen, en las que se hayan producido destrozos en cosechas, ganado o bienes;
– las de naturaleza urbana, que afecten a viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, garajes, locales de trabajo y similares situados en los municipios que se determinen, dañados como consecuencia directa de las inundaciones.
Los contribuyentes que, teniendo derecho a la exención, hayan satisfecho los recibos correspondientes a 2015, pueden solicitar la devolución de las cantidades ingresadas.
2) Se concede una exención en la cuota y, en su caso, sobre el recargo del IAE del ejercicio 2015, a las actividades industriales, mercantiles y profesionales cuyos locales de negocios o bienes afectos a esa actividad hayan sido dañados como consecuencia directa de las inundaciones extraordinarias producidas en Bizkaia desde el 30-1-2015 (DFN Bizkaia 3/2015 art.1, 3 y 5).
Los contribuyentes que, teniendo derecho a la exención, hayan satisfecho los recibos correspondientes a 2015, pueden solicitar la devolución de las cantidades ingresadas.
La OF Bizkaia 371/2015 establece el procedimiento para la aplicación del DFN Bizkaia 3/2015 de medidas urgentes para paliar los daños ocasionados por las recientes inundaciones extraordinarias.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).