Las actuaciones de construcción o instalación de infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamientos vinculados a la generación mediante fuentes energéticas renovables, incluidos su transporte y distribución, que se ubiquen en Andalucía, sean de promoción pública o privada, serán consideradas como actuaciones de interés público.
Para aquellas actuaciones cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma de Andalucía, el promotor de las mismas debe acompañar a la solicitud de autorización de la instalación a otorgar por la consejería competente en materia de energía, junto a la documentación sectorial exigida, un anexo que describa las determinaciones del planeamiento urbanístico de aplicación y el análisis de su cumplimiento y un informe de compatibilidad urbanística emitido por el ayuntamiento en cuyo municipio se pretenda la actuación.
A estas actuaciones no les es de aplicación la prestación de garantía (L Andalucía 7/2002 art.52.4).
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