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Licencias urbanísticas. Navarra

Se impone la obligación al Gobierno de Navarra, con la participación de los distintos colegios profesionales y de los distintos organismos que persiguen el impulso de la actividad económica que se considere conveniente, de elaborar un proyecto de ley foral para la modificación de:
• La LF Navarra 4/2005 relativa a la intervención para la protección ambiental y del procedimiento establecido para la concesión de las licencias de actividad y de apertura.
• La LF Navarra 35/2000, en relación con las licencias de obras, con objeto de:
– simplificar la tramitación de las mismas;
– introducir con carácter efectivo las figuras de declaración responsable y comunicación previas a que se refieren LF Navarra 15/2009 art.11 y 12, de medidas de simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales; y
– reducir los umbrales de las actividades sometidas a licencia de actividad clasificada.
También procede a la revisión de las actividades contenidas en DF Navarra 93/2006 anexo 4.

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