Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2016, se introducen las siguientes novedades en las normas comunes a las deducciones:
– en cuanto al orden para la aplicación de las deducciones, se establece que las deducciones sin límite de cuota correspondientes al ejercicio se aplican en último lugar, después de las deducciones sin límite de cuota derivadas de ejercicios anteriores;
– las deducciones se aplican sobre la cuota derivada de la declaración espontáneamente efectuada por el sujeto pasivo, así como sobre la cuota derivada de la regularización tributaria practicada por la Administración, pero como novedad se exige que no haya dado lugar a responsabilidad por infracción tributaria.
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