Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2016, se deroga la deducción por las cantidades donadas a la Fundación Moderna.
Hasta esa fecha, los sujetos pasivos podían aplicar el régimen tributario establecido para las donaciones efectuadas a las fundaciones respecto a las cantidades donadas a la Fundación Moderna y además, podían deducir de la cuota líquida del IS el importe resultante de aplicar a las mencionadas cantidades donadas los porcentajes de la escala aplicable al efecto.
Actualidad jurídica
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