Se introducen las siguientes modificaciones en materia de pagos a cuenta:
1) Tipo general: se rebaja el tipo general de retención. Para el 2015 es el siguiente:
– desde el 1-1-2015 y hasta el 11-7-2015: 20%;
– desde el 12-7-2015 y hasta el 31-12-2015: 19,5%.
2) Ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión o reembolso de acciones y participaciones de IIC y arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles urbanos: esta modificación se incorpora sólo en Bizkaia y se diferencia según que la obligación de retener o ingresar a cuenta haya nacido;
– antes del 1-9-2015: se mantiene el porcentaje del 20%;
– a partir del 1-9-2015: el porcentaje es del 19,5%.
Para estos rendimientos, en Gipuzkoa se establece expresamente que el porcentaje de retención e ingreso a cuenta es del 20% desde el 1-1-2015 hasta el 31-12-2015.
Actualidad jurídica
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