Dentro de las medidas tendentes a la simplificación del número o del contenido de los documentos y de la agilización de las fusiones y escisiones, desde el 18-3-2012 los administradores deben insertar en la página web de la sociedad determinados documentos referentes a la fusión, antes de la publicación del anuncio de convocatoria de las juntas de socios, con posibilidad de descargarlos e imprimirlos.
Si la sociedad no tuviera página web, la obligación de los administradores es a poner a disposición de los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y de los representantes de los trabajadores, en el domicilio social, dichos documentos. En este caso, si se solicita por cualquier medio admitido en derecho, tienen derecho al examen en el domicilio social de copia íntegra de los documentos, así como a la entrega o al envío gratuitos de un ejemplar de cada uno de ellos.
Si se produjeran modificaciones importantes del activo o del pasivo en cualquiera de las sociedades que se fusionan entre la fecha de redacción del proyecto de fusión y la de la reunión de la junta de socios que haya de aprobarla, han de comunicarse a la junta de todas las sociedades que se fusionan. Desde el 18-3-2012 se exceptúa cuando, en todas y cada una de las sociedades que participen en la fusión, lo acuerden todos los socios con derecho de voto y, en su caso, de quienes de acuerdo con la ley o los estatutos pudieran ejercer legítimamente ese derecho.
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