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Impuesto sobre el patrimonio. Navarra

Con efectos, desde el 1-1-2012, se dispone lo siguiente con relación al impuesto sobre el patrimonio:
1) La base liquidable es el resultado de minorar la base imponible en 700.000 euros, en concepto de mínimo exento.
2) Se mantiene la tarifa existente en el año 2008 pero, con el fin de gravar solamente a patrimonios elevados, se incrementa el mínimo exento hasta los 700.000 euros mientras que la cuantía máxima exenta por la vivienda habitual se sitúa en 300.000 euros.
2) Respecto al tipo de gravamen, se determina que la base liquidable del impuesto será gravada a los tipos de la siguiente escala:

Base liquidableCuota íntegraResto base liquidableTipo aplicable
Hasta (euros)(euros) (porcentaje)
  (hasta euros) 
00155.511,880,2
155.511,88311,02155.511,880,3
311.023,76777,56311.023,760,5
622.047,532.332,68622.047,530,9
1.244.095,067.931,111.244.095,061,3
2.488.190,1124.104,342.488.190,111,7
4.976.380,2266.403,574.976.380,222,1
9.952.760,45170.907,56En adelante2,50″
rafo

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