Con efectos para los períodos impositivos 2011 y 2012 se restablece Impuesto sobre el Patrimonio en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, respetándose, con carácter general, la regulación existente a la derogación del mismo en el año 2008.
No obstante, en esta nueva norma son objeto de modificación algunos aspectos del Impuesto entre los que cabe destacar:
– el importe mínimo exento en concepto de vivienda habitual se eleva a 300.000 euros en Gipuzkoa y a 400.000 euros en Araba y Bizkaia; y
– la reducción de la base imponible en concepto de mínimo exento se sitúa en 700.000 euros en Gipuzkoa y en 800.000 euros en Araba y Bizkaia.
Destacar, por último, que las normas que ahora se aprueban, dada su vigencia temporal, prevén su propia derogación con efectos 1-1-2013.
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