Desde el 1-1-14 queda suspendida la aplicación del Impuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre el Impacto Medioambiental Causado por Determinadas Actividades contenido en la L Canarias 4/2012 art.39 y 40, de Medidas Administrativas y Fiscales.
NOTA
La norma se refiere a la suspensión del impuesto regulado en los artículos 39 y 40 de la L Canarias 4/2012, si bien el Impuesto que cita se regula en los artículos 40 y 42, lo que parece ser una errata susceptible de corrección.
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