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Implantación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

El Sistema Nacional de Garantía Juvenil es un conjunto de medidas y actuaciones, que tiene como objetivo principal que el colectivo de jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación y que sean mayores de 16 años y menores de 25, o menores de 30 años en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, puedan recibir una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o periodo de prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas.
Los sujetos participantes en el sistema son todas las Administraciones públicas (Estado, CCAA y Entidades Locales), en el ámbito de sus respectivas competencias, así como los sujetos y entidades que actúen en el ámbito privado. Las personas interesadas en la atención del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, inscritas en el fichero creado al efecto, constituyen una lista única de demanda a disposición de estos sujetos.

Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

(RDL 8/2014 art.92 a 95)
El fichero, que tiene naturaleza administrativa y está integrado en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, es el soporte electrónico para la inscripción de las personas interesadas en las acciones ejecutadas en el contexto de la Garantía Juvenil además de la herramienta de seguimiento de las acciones y programas del Sistema y de evaluación de los resultados alcanzados.
El órgano encargado de la organización y gestión relativas al fichero y el responsable de adoptar las medidas que garanticen la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos contenidos en él es la Dirección General del MESS que tenga atribuidas las competencias para la administración del Fondo Social Europeo. Adicionalmente, las CCAA pueden crear, en el ámbito de sus competencias, ficheros específicos para facilitar la inscripción y el tratamiento de la información, sin perjuicio de que los datos registrados deben ser custodiados en un único sistema informático.

Inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

(RDL 8/2014 art.96 a 103)
Para beneficiarse de la atención del Sistema Nacional de Garantía Juvenil es necesario estar inscrito en el fichero creado al efecto.
Para poder inscribirse se exigen los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También pueden inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
b) Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español.
c) Tener más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, en el momento de solicitar la inscripción en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
d) No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
e) No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
f) No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
g) Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil.
La inscripción se realiza a instancia de la persona interesada de forma telemática a través de la sede electrónica del MESS. En los supuestos de personas en riesgo de exclusión social y/o discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento, se puede solicitar la inscripción de forma no telemática mediante presentación de formulario habilitado a tal efecto. Las CCAA pueden implantar adicionalmente mecanismos específicos para la inscripción, sin perjuicio de que los datos registrados deben ser custodiados en un único sistema informático.
El usuario inscrito en el sistema puede, en cualquier momento, darse de baja, desistiendo con dicho acto a participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. La baja se produce de oficio cuando un usuario inscrito cumpla 25 años, o 30 años en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, y haya sido atendido previamente con alguna de las medidas implementadas por los sujetos participantes en el sistema.

Atención del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

(RDL 8/2014 art.104 a 107)
Con carácter general, para ser beneficiario de las medidas o acciones previstas es necesario, además de la inscripción e inclusión en la lista única de demanda, el cumplimiento de los requisitos específicos exigidos en las convocatorias o en las acciones desarrolladas así como el mantenimiento de los siguientes requisitos con carácter previo a recibir cualquier tipo de atención:
a) No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores al momento de recibir la actuación.
b) No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores al momento de recibir la actuación.
c) No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores al momento de recibir la actuación.
Las medidas y acciones a desarrollar por los sujetos participantes en el sistema, en el ámbito de sus competencias, son:
a) Aquellas que contribuyan a la mejora de la activación temprana y del perfeccionamiento de los procesos de intermediación y movilidad laboral (p.e.actuaciones de orientación profesional, información laboral y acompañamiento en la búsqueda de empleo, actuaciones con agencias de colocación, programas de movilidad y programas de intermediación educación-empleo…).
b) Aquellas que contribuyan a la mejora de las aptitudes y competencias profesionales (p.e. formación con compromiso de contratación, formación especialmente en idiomas y en tecnologías de la información y la comunicación, prácticas no laborales en empresas, impulso de la formación profesional dual, formación para la obtención de certificados de profesionalidad…).
c) Aquellas que incentiven la inserción laboral de los sujetos mayores de 16 años (p.e. incentivos en la cotización a la Seguridad Social, fomento de los contratos formativos , ayudas al empleo para la contratación con un período mínimo de permanencia, fomento de la Economía Social…)
d) Aquellas que apoyen el espíritu emprendedor, fomentando la responsabilidad, innovación y emprendimiento, poniendo a su disposición más servicios de apoyo a la creación de empresas, en especial, con una cooperación más estrecha entre los servicios de empleo, las entidades de apoyo a las empresas y los proveedores de financiación (p.e. incentivos en la cotización a la Seguridad Social, ayudas al autoempleo, capitalización de la prestación por desempleo, fomento de la cultura emprendedora…).

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