Se aprueba el modelo 231 “Declaración de información país por país”, de aplicación por primera vez para los períodos impositivos iniciados a partir de 1-1-2016. Las características del modelo son las siguientes:
a) Contenido. La declaración de información país por país debe incluir, respecto del período impositivo de la entidad dominante, de forma agregada, por cada país o jurisdicción, la siguiente información (en euros):
– los ingresos brutos del grupo, distinguiendo entre los obtenidos con entidades vinculadas o con terceros;
– los resultados antes del IS o impuestos de naturaleza idéntica o análoga al mismo;
– los impuestos sobre sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga satisfechos y los devengados, incluyendo en ambos casos las retenciones;
– el importe de la cifra de capital y resultados no distribuidos existentes en la fecha de conclusión del período impositivo; – la plantilla media;
– los activos materiales e inversiones inmobiliarias distintos de tesorería y derechos de crédito;
– la lista de entidades residentes, incluyendo los establecimientos permanentes y actividades principales realizadas por cada una de ellas;
– otra información que se considere relevante y una explicación, en su caso, de los datos incluidos en la información.
Cuando la entidad residente en territorio español forme parte de un grupo obligado a presentar la información país por país, también debe suministrarse la identificación y el país o territorio de residencia de la entidad obligada a elaborar esta información.
b) Plazo de presentación. Desde el día siguiente a la finalización del período impositivo al que se refiera la información a suministrar hasta que transcurran 12 meses desde la finalización de ese periodo impositivo.
c) Forma de presentación. La presentación del modelo ha de efectuarse por vía telemática a través de Internet, de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento establecidos en la OF Gipuzkoa 41/2017 art.4.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios