Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Formalización del contrato contrato para la formación y el aprendizaje

Los contratos para la formación y el aprendizaje y los anexos relativos a los acuerdos para la actividad formativa (ver 1054 Memento Social 2012) deben formalizarse por escrito en los modelos oficiales que se establezcan por el SEPE.
El empresario debe comunicar la formalización y finalización de los contratos y sus anexos al Servicio Público de Empleo correspondiente, en el plazo de 10 días desde la fecha de formalización o finalización de los contratos.

NOTA
Desde el 10-11-2012, queda derogada la DG INEM Resol 26-10-98, por la que se aprueba el modelo de contrato para la formación

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).