La publicación del listado comprensivo de los deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias, que a 31 de diciembre de cada año cumplan las condiciones dispuestas por la LGT art.95 bis.1, se realizará anualmente a partir del 1 de mayo del año siguiente, en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (http://www.agenciatributaria.gob.es).
Este listado se elaborará a partir de los datos de deudas y sanciones pendientes de pago, que no se encuentren suspendidas ni aplazadas, obrantes en el Sistema de Información de la AEAT a fecha de referencia 31 de diciembre de cada año, con independencia de cuál sea la cantidad efectivamente debida por los obligados tributarios identificados en dicho listado a la fecha de publicación.
Dicho listado incorporará los campos que permitan identificar al deudor cuya información es publicada, identificable por su nombre, sus apellidos y su número de identificación fiscal si es persona física y por su razón o denominación social completa y su número de identificación fiscal si es una persona jurídica o entidad de la LGT art.35.4. A esta identificación se asociará el importe del total de deudas y sanciones debidas a fecha de referencia en cómputo global, sin desgloses.
La publicación se efectuará por medios electrónicos en formato PDF, adoptando las medidas necesarias, conforme al estado de la técnica, para impedir la indexación de su contenido a través de motores de búsqueda en Internet y asegurando que los listados dejarán de ser accesibles una vez transcurridos tres meses desde la fecha de publicación.
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