Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Expropiación forzosa por incumplimiento de la función social. Murcia

La expropiación forzosa por incumplimiento de la función social de la propiedad regulada de acuerdo con las disposiciones contenidas en LEF tiene en Murcia las siguientes particularidades:
a) La declaración de incumplimiento surte los efectos del acuerdo de necesidad de ocupación y contiene la relación individualizada de bienes y derechos a expropiar.
b) Se puede proceder a la liberación de propiedades en aquellos supuestos que sus titulares garanticen que van a contribuir a la actuación. Para ello se pueden expropiar únicamente cuotas indivisas de los solares.
c) El justiprecio a abonar es el 75% de la valoración de los terrenos.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).