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Exenciones en el IRPF en Gipuzkoa

Con distintas fechas de entrada en vigor, se introducen las siguientes modificaciones en la regulación de las exenciones en el IRPF de Gipuzkoa.
Con efectos 1-1-2011, entre las indemnizaciones exentas por despidos derivados de ERE se incluyen los que tienen su origen en causas organizativas o de producción, cuando hasta ahora sólo se recogían las económicas, técnicas y de fuerza mayor; teniéndose también en cuenta dichas causas entre los requisitos para incluir en la base imponible del impuesto sólo el 70% de la parte de indemnización por despido derivado de ERE que no está exenta.
Asimismo con efectos 1-1-2012:
– Se establece expresamente que la exención por trabajos realizados en el extranjero no es de aplicación a las rentas obtenidas por los trabajadores fronterizos. No obstante se incluye un régimen transitorio respecto a trabajadores cualificados en el ámbito de la investigación y el desarrollo.
– La ganancia exenta por transmisión de vivienda habitual realizada por mayores de 65 se limita a los primeros 220.000 euros, debiendo tributar la parte que exceda de dicho límite.
– Con el fin de favorecer la capitalización de empresas de nueva o reciente creación se declaran exentas, con el cumplimiento de determinados requisitos y teniendo en cuenta que la aplicación de esta exención queda excluida en determinados supuestos, las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de acciones o participaciones en estas empresas, cuyo valor total de adquisición no exceda, para el conjunto de entidades, de 25.000 euros anuales, ni de 75.000 euros por entidad durante un período de tres años desde su constitución.

NOTA
Asimismo, expresamente se establece que la exención en el impuesto sobre determinados premios de juego se ha de aplicar en los mismos términos en los que se venía haciendo antes de la entrada en vigor de la Ley de regulación del juego (NF Gipuzkoa 10/2006 disp.adicional 20ª redacc NF 5/2011 art.1.segundo.2).

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