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Escala general estatal aplicable a los residentes en el extranjero

En el período impositivo 2015, los contribuyentes que tuviesen su residencia habitual en el extranjero, para determinar la cuota íntegra estatal han de aplicar la escala general (1623 Memento Fiscal 2015) y la siguiente escala a la base liquidable general:

Base liquidable
Hasta euros
Cuota íntegra
Euros
Resto base liquidable
Hasta euros
Tipo aplicable
Porcentaje
0,00
0,00
12.450,00
10,00
12.450,00
1.245,00
7.750,00
12,50
20.200,00
2.213,75
13.800,00
15,50
34.000,00
4.352,75
26.000,00
19,50
60.000,00
9.422,75
En adelante
23,50

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