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Entidades de colaboración ambiental. País Vasco

El régimen jurídico de las entidades de colaboración ambiental, calificadas como entidades con personalidad jurídica propia, de carácter público o privado, colaboradora del Departamento con competencias en materia de medio ambiente, y con competencia para el desempeño de las actuaciones de verificación, validación y control de las actividades, es objeto de suspensión en lo que se refiere a la obligación de los promotores de los procedimientos ambientales de autorización y comunicación en materia de contaminación atmosférica siguientes:
a) Procedimiento de autorización de actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, actuando durante el ejercicio de la actividad, verificando, validando y controlando el cumplimiento de las medidas que así se indiquen en la autorización (ECA nivel I y II).
b) Régimen de comunicación o notificación, verificando, validando y controlando el cumplimiento de las medidas exigidas en la normativa vigente aplicable a su actividad (ECA nivel I y II).
Esta suspensión se aplica, asimismo, al informe de gestión de los residuos generados en la obra mayor, que debe aportar la persona productora de los residuos ex D País Vasco 112/2012 art.6. Estos informes se pueden verificar por los Colegios profesionales correspondientes salvo que dichos informes sean elaborados por entidades acreditadas en materia de suelos contaminados.
Los procedimientos de concesión de autorización ambiental integrada que son suspendidos son:

Procedimiento de concesión de autorización ambiental integrada Solicitud de autorización ambiental integrada
Comunicación de modificaciones declaradas sustanciales por el Departamento competente
Procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos Verificación y validación del estudio de impacto ambiental a lo establecido previamente por el Departamento competente al determinar la amplitud y el nivel de detalle de aquél
Procedimientos de autorización y comunicación en materia de residuos Autorización de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos: solicitud de autorización; renovaciones de autorización y en la puesta en marcha, verificación y validación del cumplimiento de las medidas exigidas en la autorización
Comunicación de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos
Comunicación previa de sistemas individuales de responsabilidad ampliada del productor que se convierte en residuo
Procedimiento de autorización de emisión de gases de efecto invernadero y modificaciones que afecten a las emisiones autorizadas (nuevos entrantes o reducciones significativas de capacidad) que se presenten ante el Departamento competente
Procedimiento de concesión de etiqueta ecológica de la Unión Europea
Comunicación al Registro estatal de emisiones y fuentes contaminantes

NOTA
El Registro de entidades de colaboración ambiental no queda afectado por la suspensión.

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