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Entidad de infraestructuras de la Generalitat Valenciana

La Entidad de infraestructuras de la Generalitat es una entidad de Derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines cuyas funciones son:
a) Diseñar, proyectar, ejecutar y gestionar toda clase de suelos, infraestructuras, equipamientos y edificaciones, tanto si son de su titularidad como si no, en los términos en que se le encomienden.
b) Realizar obras y prestar servicios convenientes para la mejor construcción, gestión, conservación, mantenimiento y explotación del suelo, infraestructuras, equipamientos y edificaciones que le sean encomendadas, así como cuantas actividades de promoción económica y complementarias estime adecuadas para el cumplimiento del objeto. Para ello puede redactar, formular, impulsar y ejecutar cuantos instrumentos de planeamiento y gestión urbanística, así como proyectos y planes, resulten adecuados para ello.
c) Prestar cualesquiera servicios de contenido y carácter administrativo inherentes a su objeto social y actividades que se consideren convenientes para su mejor prestación.
d) Adquirir terrenos y demás bienes muebles e inmuebles, así como derechos sobre bienes materiales e inmateriales que resulten necesarios para la consecución de sus objetivos (puede ser beneficiaria de la expropiación forzosa).
e) Realizar trabajos de encuesta, valoración, codificación y clasificación del patrimonio público de suelo para la formación de su inventario.
f) Proteger las infraestructuras que gestione para garantizar su uso correcto y preservarlas de toda clase de daños o deterioro y vigilar el cumplimiento de las prohibiciones y limitaciones que la ley establezca respecto de las zonas de dominio público, servidumbre y afección de las infraestructuras.
g) Gestionar, administrar, explotar y llevar a cabo el arrendamiento no financiero de viviendas de titularidad de la entidad de infraestructuras o de terceros.
h) Gestionar y administrar viviendas de promoción pública.
i) Respecto a las funciones propias de los entes que se integran en la entidad de infraestructuras, ha de asumir la totalidad de las mismas en los términos en que venían desarrollándolas.
j) Llevar a cabo las funciones de carácter comercial llevadas a cabo por la Agencia Valenciana de Movilidad.
k) Realizar las actuaciones que sean necesarias y adecuadas a la consecución de los fines y objetivos propios de la entidad.
La gestión se lleva a cabo a través de los siguientes órganos: presidencia, consejo de dirección y dirección general.

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