Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Duración del procedimiento inspector

En relación con la duración de las actuaciones de comprobación e inspección, los textos legales aplicables a las actuaciones controvertidas (L 1/1998 art.29) establecen un principio general de duración de 12 meses. Se excepciona de este plazo general las actuaciones en las que concurra especial complejidad y esto sucede, entre otros casos, cuando se infiere del volumen de operaciones.
Desde estos parámetros, y a la vista de lo actuado, el Tribunal entiende que es patente que pese a que la motivación de la resolución de ampliación temporal del plazo de las actuaciones es sucinta, es correcta. Desde el comienzo, es clara la complejidad del problema a resolver (beneficios distribuidos por sociedades filiales residentes a sus sociedades matrices residentes en otros Estados miembros de la UE). También desde el principio es patente el importe-cuantía, de la eventual liquidación futura. En consecuencia, se da la complejidad que justifica la ampliación y no puede olvidarse, aunque no exista una relación inequívoca, la conexión entre cuantía y complejidad.
Lo que la Sala sostiene es que ha de concurrir, para la válida prolongación de las actuaciones, alguno de los motivos específicos que la ley contempla, y que esta concurrencia, cuyo alcance puede no ser determinable inicialmente, ha de venir corroborada en el curso de las actuaciones.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).