Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Deducciones autonómicas en el IRPF de Extremadura

El 26-6-2013 ha entrado en vigor el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, el cual recoge las deducciones a practicar sobre la cuota íntegra autonómica, que se mantienen sin cambios.
En consecuencia, siguen siendo de aplicación, con las mismas cuantías, límites y requisitos, las deducciones autonómicas relativas a:
– Fomento del autoempleo de las mujeres emprendedoras.
– Fomento del autoempleo de los jóvenes emprendedores menores de 36 años.
– Trabajo dependiente.
– Partos múltiples.
– Acogimiento de menores.
– Cuidado de familiares discapacitados.
– Adquisición de vivienda para jóvenes y víctimas del terrorismo.
– Compra de material escolar.

NOTA
Se deroga el DLeg Extremadura 1/2006 art.1, 5 y 7, L Extremadura 19/2010 art.3, 4, 7, 8 y 12 y L Extremadura 4/2012 art.1, que hasta la fecha regulaban las deducciones en la cuota íntegra autonómica del IRPF (DLeg Extremadura 1/2013 disp.derog.única).

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).