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Control de los servicios públicos de empleo en el cumplimiento del compromiso de actividad

Se recogía en la normativa, antes de la modificación referenciada que las Administraciones Públicas debían verificar el cumplimiento de las obligaciones de inscripción como demandantes de empleo y de la suscripción del compromiso de actividad de los beneficiarios de prestaciones y subsidios de desempleo. Se concreta, que dicha verificación se lleva a cabo por los servicios públicos de empleo competentes, comunicando la sanción impuesta, en su caso, en el momento en que se imponga, al SEPE para su ejecución por éste.

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