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Comunidad Valenciana. Competencias de las secretarías autonómicas

Se atribuyen a la Secretaría Autonómica de Infraestructuras y Transporte las funciones reconocidas en la L C. Valenciana 5/1983 art.68 relativas a: obras públicas, transportes y logística, puertos, costas, actuaciones propias en materia de suelo, incluyendo las referidas a suelo industrial; arquitectura, proyectos urbanos y equipamientos, vivienda y calidad de la edificación.
Dependen de ella los siguientes órganos directivos:
a) Dirección general de obras públicas, proyectos urbanos y vivienda: funciones relativas a infraestructuras públicas, arquitectura, proyectos y actuaciones urbanas, equipamientos, vivienda y calidad de la edificación, gestión y coordinación del patrimonio público de vivienda, planes de vivienda, suelo y actuaciones concertadas con entes locales en materia de patrimonio urbano y plan de mejora municipal.
b) Dirección general de transportes y logística: funciones en materia de planificación y logística del transporte, planificación, coordinación y ejecución de la oferta intermodal del transporte en la Comunitat Valenciana, seguridad vial, seguridad y ordenación del transporte, administración de costas, planificación de puertos e infraestructuras portuarias de competencia autonómica, así como la gestión y explotación de los mismos, aeropuertos, gestión de la red de transportes y movilidad metropolitana.
Asimismo, se atribuyen a la Secretaría Autonómica de Territorio, Medio Ambiente y Paisaje las funciones recogidas en L C. Valenciana 5/1983 art.68 relativas a ordenación, planificación y actuaciones territoriales estratégicas, paisaje, espacios naturales y biodiversidad, evaluación ambiental, coordinación territorial, cartografía, urbanismo, calidad ambiental, residuos y cambio climático. De ella dependen los siguientes órganos directivos:
a) Dirección general de evaluación ambiental y territorial: asume funciones en materia de evaluación ambiental estratégica y de proyectos, ordenación del territorio y del litoral, urbanismo, coordinación territorial e inspección de urbanismo;
b) Dirección general de evaluación ambiental y territorial: le corresponden las funciones relativas a la evaluación ambiental estratégica y de proyectos, ordenación del territorio y del litoral, urbanismo, coordinación territorial e inspección de urbanismo;
c) Dirección general de calidad ambiental: tiene atribuidas funciones en materia de calidad y educación ambiental, residuos, control de la contaminación, protección del medio ambiente atmosférico, intervención administrativa ambiental, inspección medioambiental y cambio climático.

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