Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Computo de plazos en el procedimiento tributario: criterios del Tribunal Supremo y Constitucional

Se impugna la sentencia dictada por el TSJ de Madrid, que declara inadmisible por extemporánea, la reclamación deducida contra una liquidación por IVA emitida por la Administración.
El único aspecto de la sentencia impugnada sobre el que se suscita controversia es el relativo al cómputo del plazo de interposición de la reclamación , y que el TEAR de Madrid declaró inadmisible por entenderla extemporánea, sin entrar en el análisis de la legalidad de la liquidación (LGT art.239).
El Tribunal Supremo, a la vista de los hechos y en relación con la cuestión controvertida reitera, una vez más, la doctrina de la Sala sobre los plazos señalados por meses que se computan de fecha a fecha, estableciendo que el cómputo del plazo se inicia al día siguiente de la notificación o publicación del acto, siendo la fecha de vencimiento la del día correlativo mensual al de la notificación (TS 8-3-06, Rec 6767/03).
Y si bien este Tribunal se hace eco de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional, que difieren de la doctrina legal, al respecto al establecer que en plazos señalados por meses o años no es preciso trasladar el dies a quo al día siguiente al de la notificación (Tco 209/2013), dado el tenor de los preceptos aplicables, cabe la interpretación realizada por la Sala, al tratarse de una cuestión de mera legalidad ordinaria, actuando el TS dentro del ámbito que le es propio.
No obstante, la tesis expresada por el Constitucional poseerá virtualidad en el seno de los procedimientos seguidos ante el mismo.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).